Acceso abierto a la información gubernamental
¿Acceso abierto limitado?
Compartimos un ensayo acerca de lo que debemos saber.
Acceso a la información
pública y Gobierno Abierto.
Es importante conocer cuál es el amparo o
corpus legal del acceso a la información pública en Costa Rica, y que en
nuestro país no existe una Ley de Acceso a esta, el indagar sobre lo que
plantea el llamado gobierno abierto en términos de acceso a información pública
y transparencia, el poder hablar de un estado abierto sin considerar la
producción y organización de la información pública y el saber cuál es el rol
que juega el bibliotecario y el saber si está siendo parte o no del mismo son
temas importantes para investigar a fondo el acceso a la información pública.
Sabemos bien que la transparencia y
publicidad son principios que deben conformar la administración pública a
través de la motivación de los actos administrativos, las formas de
comunicación, el trámite de información pública para la elaboración de los
reglamentos y los planes reguladores, la participación en el procedimiento
administrativo, los procedimientos de contratación administrativa, y
principalmente, a través del derecho de acceso a la información.
Asimismo,
y en tanto el derecho de acceso a
la información administrativa permite a la persona que lo ejerce el acceso a
los departamentos, dependencias, oficinas y edificios públicos; el acceso a los
archivos, registros, expedientes y documentos físicos o automatizados –bases de
datos ficheros–; conocer los datos personales o nominativos almacenados que le
afecten de alguna forma, rectificar o eliminar esos datos si son erróneos,
incorrectos o falsos, el derecho de conocer el contenido de los documentos y
expedientes físicos o virtuales; y el derecho de obtener, a su costo,
certificaciones o copias de los mismos.
Romero (2007) de acuerdo con Inesta señala
que “existe una obligación impuesta a todas las administraciones públicas, en
el marco del Estado Social y Democrático de Derecho, de ser transparentes; y,
el derecho correlativo de los administrados de acceder a la información en
poder de tales administraciones” (p.127). Por lo anterior, es derecho
fundamental de todos los ciudadanos tener libre acceso a la información pública
de su país.
El hablar de acceso a la información
pública y Gobierno Abierto abarca muchos aspectos tales como, reglamentos, leyes,
normativas, decretos y demás aspectos políticos, jurídicos y estatales en este
caso enfocados a Costa Rica. Según argumenta Romero (2007) citando a Carpizo indica
que el derecho a la información un “derecho constitucional implica estos
aspectos relacionados: buscar, recibir o difundir informaciones, opiniones o
ideas de manera oral o escrita, en forma impresa, artística o por cualquier
otro procedimiento”. (p. 129).
Por otra parte, Solano y Meza (s.f) “el
derecho a la información es un elemento que impulsa la transferencia de
tecnología, la innovación y la investigación, impacte en forma directa al
desarrollo nacional y al bienestar y calidad de vida de las personas. El
derecho a la información, debe estar necesariamente enmarcado en las políticas
nacionales de información, así como ser obligatorias y esenciales por parte del
gobierno de cada país. (p. 212).
Por su parte,el ordenamiento jurídico
costarricense relacionado con el derecho de acceder a la información estatal se
basa según Romero (2007) en las siguientes normas:
Ø Constitución
Política (1949)
Ø Tratados
y convenios internacionales
Ø Ley
del sistema nacional de archivos (1990)
Ø Ley
general de policía (1994)
Ø Ley de
la administración pública (1978)
Ø Código
Penal (1970), Código Procesal Penal (1996)
Ø Ley de
la jurisdicción constitucional (1989)
Ø Ley de
la administración financiera de la República y presupuestos públicos (2001)
Ø Código
de normas y procedimientos tributarios (1971)
Ø Ley de
protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos
(2002)
Ø Ley
orgánica del Banco Central (1995)
Ø Código
de la niñez y la adolescencia (1998)
Ø Ley de
control interno (2002), Ley orgánica de la Contraloría General de la República
(1994), Ley de la Caja Costarricense de Seguro Social (1943)
Ø Ley de
promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor (1994),
Ø Ley
del sistema de estadística nacional (1998) (p. 128).
En la actualidad los principios que rigen
el derecho al acceso a la información pública son el democrático, legalidad,
transparencia, igualdad, y publicidad. Además, se encuentra también el derecho
de petición; este puede ser de forma individual o colectiva, teniendo además el
derecho a una pronta resolución.
Hay que comprender que el derecho y la
potestad de acceder a diferente información confiere las facultades de recibir,
investigar y difundir investigaciones a quienes lo ejercen, para que el
ciudadano este activo y pueda participar en la toma de decisiones que le
afectan en relación a las tareas públicas.
Según Romero (2007) “la protección al derecho de acceso a la información
contenida en las oficinas de la Administración Pública, es fundamental en un
sistema democrático” (p.150).
Es por eso que aquí nace la importación de
una política nacional de información, estas son importantes porque desarrollan
sistemas y servicios de información, mejoran el intercambio de recursos de
información a nivel nacional e internacional, facilitando que la información
sea accesible, confiable y útil.
En nuestro país, el ordenamiento jurídico
se encuentra relacionado con el derecho de acceder a la información estatal, la
cual se rige por las normas descritas anteriormente pero sin lugar a dudas no
existe una Ley de Acceso a la Información Pública, por ello la importancia de
las mismas ya que regulan el uso, los servicios y los sistemas de información, estos deben de
respaldarse en un marco jurídico, el acceso a la información se debe brindar en
la gestión pública y para fines
educativos, formativos y culturales.
Durante
esta investigación no queda duda que lastimosamente los intereses de unos se
traen abajo las buenas prácticas de otros actores, que quizás si deseen hacer
valer y cumplir la legalidad dentro de todo marco de derecho y que se pueda
erradicar esa brecha tan contraproducente a nivel general en aras de un
desarrollo deseable como nación y estado de derecho Lo que en este momento
hacen es tratar de llenar algunos vacíos de su falta con una página web que le
dan el uso y manejo desde sus despachos, quedando debiendo a la transparencia,
ya que sabemos que quién utilice publicaciones de comunicación e información
tiene en su poder la capacidad de distorsionar tales hechos al igual que en
físico.
La información sobre la gestión pública es
importante, tener acceso porque cada ciudadano tiene derecho de estar informado
sobre todos los asuntos públicos y a la vez dar su opinión, sobre el tema a
tratar. También existe lo que se puede conocer como derecho de petición el cual
permite acceder a información; tales como trámites administrativos, el acceso
al expediente administrativo, a información de un procedimiento administrativo,
y a los fondos públicos, el respeto a los derechos o a la reputación de los
demás, la protección de la seguridad nacional, el orden público, la salud o la
moral pública, ya que los mismos no entran como parte de los secretos de
estado.
Asimismo; en cuanto al el acceso a la
información con fines educativos o formativos así mismos culturales, deben
proporcionar la oportunidad de brindar un acceso de forma digital, la cual se
encuentre al alcance de todas y todos los ciudadanos, mejorando la brecha
digital.
Es por esta razón que la Sala
Constitucional tiene una brecha importante en cuanto a esta ley, es importante
que se enfoque mayormente en la regulación de acceso a la información pública
creando leyes, reglamentos y estatutos que amparen con mayor peso este tema.
Por otra parte, el llamado gobierno
abierto proporciona una página web accesible a todas las personas para que
formen parte, brinden su opinión, fiscalicen, y alcen la voz con respecto a
temas de gobierno. En esta página los usuarios pueden encontrar información
sobre salud, compras públicas, economía, industria y comercio, Municipalidad de
San José, Gobiernos Locales, Planificación Nacional y Política Económica,
Planilla de Gobierno, Presupuesto Público, Juventudes, Cumplimiento de Informe
de Auditoría y Agua.
Dentro de este apartado el gobierno
trabaja para que toda la ciudadanía costarricense pueda acceder y garantizar el
acceso a la información pública donde se visualice la transparencia del
gobierno, donde se pueda conocer detalles que muchos costarricenses desconocen.
Según CEPAL (s.f):
La utilización de recursos de
TIC para potenciar la capacidad de un gobierno en el logro de sus metas y
entrega eficiente de sus servicios a los ciudadanos es absolutamente
imprescindible. Con un gobierno electrónico la filosofía de las aplicaciones
verticales cambia, ya no hay aplicaciones aisladas, ahora son servicios que
pueden usar y reutilizar, según su necesidad, los diversos departamentos y
áreas de la organización compartiéndola con otras instituciones públicas,
entregando beneficios directos a la comunidad en general, tales como la
eliminación de las barreras de tiempo y espacio, facilidad en las
comunicaciones, acceso igualitario a la información, aumento del intercambio
colaborativo entre distintas reparticiones, aumento en la producción de bienes
y servicios de valor agregado, en suma, mayor la calidad de vida de los
ciudadanos ( p.10).
Podemos afirmar que las nuevas tecnologías
de la información y comunicación hoy en día se destacan dentro de ámbito
público, las cuales forman parte de los muchos esfuerzos realizados para
modernizar las plataformas de servicios para el uso y acceso a la información
del estado. Esto ayuda sin lugar a dudas
a regular los movimientos que se dan en el sector público; teniendo esto logros
positivos como la disminución de los costos en recursos, los ciudadanos logra
acercarse y participan en los procesos y en la toma de decisiones del gobierno
y se relacionan mayormente a los procesos gubernamentales de Costa Rica
considerándose esto un adecuado manejo de la producción y organización de la
información pública.
Los principales actores o gestores de la
política de información es la sociedad civil conformada por los diversos grupos
profesionales del área de la información como lo son bibliotecólogos y
archivistas e informáticos quienes deben mantenerse a la vanguardia sobre los
avances y recursos tecnológicos actuales. Además, se requiere del sector
privado por su aporte en la investigación y su valiosa ayuda para invertir en
infraestructura y material multimedia, además por el desarrollo de programas en
beneficio de personas que lo requieren, ayudando a romper con la brecha social.
La participación por parte del gobierno, no puede faltar ya que tiene la
responsabilidad de designar los roles, de idear una estrategia para vincular
las diferentes instituciones gubernamentales como los son los diferentes
ministerios.
El profesional en bibliotecología tiene un
papel esencial, en cuanto a temas de acceso a información, es por ello que el mismo
debe propiciar, mejorar espacios que permitan debatir, a través de foros y debates
sobre temas relacionados a una política pública de información para nuestro
país, además puede alfabetizar a la población en cuanto la tecnología de la
información y promover una cultura de información. El aporte del estado para
una política pública de información es crear programas educativos donde se desarrollen hábitos, habilidades y conocimientos en el uso de la información, promover la
utilidad y el valor de la información a los diferentes grupos e instituciones
del país.
Cabe
la necesidad también de incrementar la cantidad de profesionales capaces de
crear nuevos recursos de información, además es necesario implementar programas
para mejorar la cantidad y calidad de servicios que se ofrecen como los son
servicios de información online, e intercambio de información.
Se nota la necesidad de contar con un
conjunto de legislaciones, leyes, reglamentos y acuerdos, tomados en conjunto,
donde se organice un plan de acción para el desarrollo y proceso del sistema
informacional nacional que integre todos sus componentes, tales como
bibliotecas, archivos, servicios de información especializados entre otros. Sin
dejar de lado áreas afines que puedan aportar en la labor investigativa y la
formulación de iniciativas. Asimismo, se debe invertir en infraestructura y
material multimedia.
Una política de información permitiría
alcanzar la Sociedad de Información y Conocimiento, ya que su fin es garantizar
la democratización en el acceso de la información; de manera que todos los
individuos de forma equitativa tengan derecho al acceso de la información,
eliminando la brecha social y digital, y beneficiando a todos los sectores de
la sociedad.
La función y papel del bibliotecólogo es
ser un promotor al cambio en beneficio de la sociedad costarricense durante su
compromiso de formación de usuarios como sujetos autónomos, participativos,
críticos, capaces de obtener información, poder seleccionarla, aplicarla,
comprenderla, para que en un futuro sean ciudadanos responsables y excelentes
profesionales. Para ello debe tener esta vocación y desarrollarla con mucha
actitud e inventiva, inculcando a los individuos de cualquier edad abrirse a
las puertas del conocimiento.
En conclusión vemos que El Estado juega una función importante como creador, impulsor y sostén de políticas de información en Costa Rica, por lo que constitucionalmente tenemos derecho a determinar aquella información oficial y no oficial que el Estado Costarricense maneja como potestad del poder político por razones de seguridad jurídica, resguardo de la institucionalidad política o criterios de seguridad nacional e internacional. Ubicando normas del ordenamiento jurídico Costarricense (Leyes, Decretos, Votos de las Salas, Reglamentos, etc.) que permiten a los poderes políticos del Estado restringir la divulgación o manejo público de la información, otorgándole con ello poder sobre el manejo de dicha información.
Le invitamos a visitar el siguiente prezi acerca del tema expuesto en esta columna.
https://prezi.com/view/F0JSYfCpOEBjpfLd9aif/
Referencias
Bibliográficas
Alvarado, L. y Garro, A. (2009). Gobierno electrónico en Costa
rica. Tesis [Lic. En Derecho]. Universidad de Costa Rica. San José, CR. Disponible
en: http://iij.ucr.ac.cr/wp-content/uploads/bsk-pdf-manager/2017/06/GOBIERNO-ELECTRONICO-EN-COSTA-RICA.pdf
CEPAL. Plan de gobierno abierto.
Disponible.
Costa
Rica. Poder ejecutivo. Gobierno abierto. Recuperado de: http://gobiernoabierto.go.cr
Costa
Rica. Procuraduría General de la República. (2018). Portal del Sistema
Costarricense de Información Jurídica. Recuperado de: http://www.pgrweb.go.cr/scij/avanzada_pgr.aspx
- Del Gobierno abierto al Estado abierto en Costa Rica: https://www.trustfortheamericas.org/media/press-room/articles/attachments/Del_Gobierno_Abierto_al_Estado_Abierto_en_Costa_Rica.pdf
https://transparencia.ucr.ac.cr/datos-abiertos/datos-abiertos/gobierno-abierto.html
- Hacia la Construcción de una Política Nacional de Apertura de
Datos Públicos en Costa Rica: http://portal.oas.org/LinkClick.aspx?fileticket=0sp1XEnnRX0%3D&tabid=1814
Ministerio
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones. (2018). Estrategia de
transformación Digital hacia la Costa Rica del Bicentenario 4.0. Recuperado
de: https://micit.go.cr/transformaciondigitalcr/TransfDigitalCR.pdf
Romero,
J. (2007). El derecho a la información estatal, el caso de Costa Rica. Revista de Ciencias Jurídicas, (112).
Recuperado de: http://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/9741/9187
Solano, R y Meza,
J. (s.f). Derecho a la información, bien público y bien privado: acceso
comunitario y acceso Individual. Recuperado de: file:///C:/Users/Usuario/Desktop/elderechoalainformacioncostarricense_Rsolano.pdf